Con este inicio de marzo arranca el proceso de
escolarización del próximo curso 2017-18.
El plazo queda abierto para optar a una plaza en esa lista de centros
docentes que puedes consultar en
este mapa.
En este enlace podrás encontrar
todos los impresos necesarios para llevar a cabo la preinscripción y la correspondiente matriculación para el curso 2017-18. También, el
correspondiente impreso de solicitud será facilitado gratuitamente por los
centros al solicitante de puesto escolar que así lo requiera.
• Del 1 al 31 de marzo deberá presentar la solicitud de
admisión todo el alumnado que accede por primera vez a un centro. La
solicitud de puesto escolar será única, se presentará por duplicado
ejemplar preferentemente en el centro docente en el que el alumno o
alumna pretende ser admitido y se acompañará de la documentación
requerida.
• Con anterioridad al 19 de abril, los centros docentes
deberán publicar la relación de alumnos y alumnas solicitantes y, en su
caso, la puntuación total obtenida.
• El 20 de abril comienza el trámite de audiencia.
• El 15 de mayo se celebrará el sorteo público para resolver las posibles situaciones de empate.
• El 16 de mayo se publicarán las resoluciones de admisión.
• El 22 de mayo se publicará la adjudicación de plaza
escolar al alumnado no admitido en el centro docente elegido como
prioritario.
• El 23 de mayo comenzará el plazo establecido para la
presentación de recursos de alzada y reclamaciones ante la persona
titular de la Consejería de Educación.
Plazos de matriculación.
• Segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial: del 1 al 8 de junio.
• Educación Secundaria Obligatoria, FP y Bachillerato: del 1 al 10 de julio.
Antes del 8 de septiembre, solo para aquel alumnado cuya
promoción dependa del resultado de las pruebas extraordinarias de
septiembre. El correspondiente impreso de matrícula, disponible en la
web de la Consejería de Educación, deberá ser facilitado gratuitamente por los centros.
Criterios de admisión
Cuando no existan plazas suficientes para atender todas las solicitudes, se aplicarán los siguientes criterios de admisión:
a) Existencia de hermanos o hermanas matriculados en el
centro docente o padres, madres o tutores o guardadores legales que
trabajen en el mismo.
b) Proximidad del domicilio familiar o del lugar de trabajo del padre, de la madre o de la persona tutora o guardadora legal.
c) Renta anual de la unidad familiar.
d) Concurrencia de discapacidad en el alumno o la alumna, en
sus padres, madres o tutores o guardadores legales, o en alguno de sus
hermanos o hermanas o menores en acogimiento en la misma unidad
familiar. En el segundo ciclo de la educación infantil se considerará
también la presencia en el alumnado de trastornos del desarrollo.
e) Que el alumno o la alumna pertenezca a una familia con la condición de numerosa.
f) Que el alumno o la alumna pertenezca a una familia con la
condición de monoparental y sea menor de edad o mayor de edad sujeto a
patria potestad prorrogada o tutela.
g) Expediente académico del alumno o alumna (sólo para las enseñanzas de bachillerato).
En caso de empate, se atenderá a la mayor puntuación
obtenida, aplicando uno a uno y con carácter excluyente los criterios
anteriores en la forma establecida en la normativa vigente. De
mantenerse el empate, se aplicará el resultado del sorteo público
realizado. En ningún caso habrá discriminación en la admisión del
alumnado por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o
cualquier otra condición o circunstancia personal o social, ni podrá
exigirse la formulación de declaraciones que puedan afectar a la
intimidad, creencias o convicciones de los mismos.
Es responsabilidad de la
Consejería de Educación asegurar que el procedimiento de acceso al
sistema educativo goce de la mayor transparencia, eficacia y eficiencia
posible, conjugando la libertad de elección de centro de las familias.