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Tras la firma del Convenio de Discapacidad
FSIE entendió que la aplicación retroactiva de la
eliminación del complemento de antigüedad pactada en el art. 35 era un
atropello a los trabajadores del sector.
Al
objeto de defender los intereses legítimos de los trabajadores afectados FSIE
interpuso ante la comisión Paritaria un escrito para que se modificase este
aspecto. La Comisión Paritaria formada por las patronales y los sindicatos
formantes UGT y CCOO desestimó la pretensión de FSIE.
Ante lo que claramente era un
perjuicio a los trabajadores FSIE interpuso demanda ante la Audiencia Nacional
impugnado la retroactividad del art. 35. En el juicio nos encontramos con la más que esperada y lógica
oposición de las patronales y la no tan lógica de los Sindicatos UGT y CCOO. En
esta primera instancia fue desestimada, pero recurrimos ante el Tribunal
Supremo.
El Tribunal Supremo ha estimado
nuestra inicial pretensión eliminando la retroactividad introducida por el art.
35 del Convenio Colectivo.
En base a esta sentencia, todos
aquellos trabajadores que viesen cumplido un trienio entre el 1 y el 12 de
julio de 2012 y no hayan sido abonados en su nómina deberán reclamarlo con
efectos desde esa fecha.
Ha quedado claro quienes
defienden a los trabajadores.